La Justicia tucumana declaró la inconstitucionalidad y nulidad absoluta de la norma de la Constitución local que establece que las elecciones provinciales deben realizarse en agosto. De esta manera habilitó al gobernador Juan Manzur, quien buscará la reelección, a modificar el cronograma electoral previsto para 2019.

La medida fue dispuesta por los integrantes de la la Sala I de la Cámara de lo Contencioso Administrativo ante un amparo promovido por dirigentes y representantes del Partido Frente Renovador Auténtico.

Los camaristas Horacio Ricardo Castellanos y Juan Ricardo Acosta consideraron inconstitucional el inciso 6 del artículo 43 de la Carta Magna provincial de 2006, que establece que las elecciones provinciales deben llevarse a cabo en agosto, dos meses antes de que caduquen los mandatos de las autoridades, que finalizan en octubre.

En la presentación judicial, los dirigentes argumentaron que los comicios provinciales se realizan con demasiada proximidad respecto de las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) de la Nación, que se celebrarán el segundo domingo de agosto.

«El inminente cronograma electoral 2019 restringe y altera con absoluta arbitrariedad derechos políticos constitucionalmente protegidos de nuestro partido», plantearon los dirigentes massistas, con respecto a la cercanía de ambas elecciones.

El vicegobernador Osvaldo Jaldo ya avisó que acatarán la decisión judicial. «No hay dudas de que lo vamos a respetar, como siempre hicimos con todos los fallos de la Justicia», dijo.

Extraído de Infobae