Con una ley aprobada este miércoles, en primer debate, los diputados reformaron el Código Electoral para impedir que los partidos políticos puedan recibir donaciones en efectivo superiores a los ¢462.200, a fin de evitar el ingreso de financiamiento millonario de origen desconocido.

El proyecto agrega un párrafo en el artículo 135 de la ley electoral, donde se regulan las donaciones y aportes de personas físicas nacionales a los partidos. Allí se establece que esas donaciones deben realizarse a través de una transferencia bancaria cuando sean iguales o superiores al salario base de un oficinista del Poder Judicial.

Esta iniciativa, bajo número de expediente legislativo 22.560, tuvo el apoyo unánime de los 43 congresistas que estaban en el plenario al momento del primer debate.

Actualmente, no hay ningún impedimento para que una persona física contribuya o done dinero a una agrupación política, en efectivo, lo cual impide determinar cuál es el origen de esos recursos, aunque el partido está obligado a reportar al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) el monto recibido y su donante.

Tal y como enfatizó la proponente del proyecto, Laura Guido, legisladora del Partido Acción Ciudadana (PAC), la normativa vigente es omisa en cuanto a la verificación del origen de los recursos que provienen de sujetos privados y no existe un control que evite, de forma efectiva, la donación de bienes adquiridos con dineros producto de actividades ilícitas.

Ante el vacío legal que existe en el Código Electoral, el TSE ha intentado, vía reglamentaria, requerir informes a los partidos políticos sobre la solvencia de sus contribuyentes, para tratar de minimizar el riesgo de que haya ingreso de capital ilegítimo en las agrupaciones.

Ronald Chacón, jefe del Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos del TSE, explicó en audiencia ante la Comisión especial investigadora sobre la penetración del narcotráfico en las municipalidades de la zona sur que, a través del reglamento, no solo se pretende verificar el origen de los recursos, sino también seguir la ruta del dinero que se dona.

“Se procura, en la medida de las posibilidades, tener acreditado desde la salida de la cuenta del donante hasta el ingreso a la agrupación política, claramente. Cuando esto no da resultados satisfactorios, se eleva a las instancias correspondientes, que son el Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD), el Ministerio Público o, en su caso, la Dirección General de Tributación”, comentó Chacón en dicho foro.

La fundamentación del proyecto también hace referencia a la denuncia sobre el financiamiento del Partido Restauración Nacional (PRN), en la campaña del 2018, que presentó el TSE ante el Ministerio Público, donde habría fluido dinero en efectivo, presuntamente en fajos de $1.000.

De acuerdo con información del TSE citada también en el proyecto, entre el 1.º de abril del 2006 y el 31 de diciembre del 2020, los partidos políticos recibieron 77.247 donaciones, tanto en efectivo como por transferencia, para un total de ¢7.698 millones, y de esas donaciones, 75.169 se hicieron por montos inferiores a un salario base, para un monto de ¢1.606 millones.

Las restantes 2.078 donaciones fueron superiores a los ¢462.200 y significaron, en conjunto, ¢6.092 millones. Para Laura Guido, eso significa que el 97% de las donaciones que reciben los partidos políticos estarían exentas del requisito de hacerse por transacciones bancarias.

Para montos mayores, los bancos tendrían que cumplir con las diligencias sobre conocimiento de sus clientes, según los obliga la Ley sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo y delincuencia organizada.

Nota extraída de: La Nación
https://www.nacion.com/el-pais/politica/diputados-prohiben-donaciones-electorales-en/K46VLHCT6JGBLIMCJ57OFWNZUA/story/