Con el objetivo de garantizar la participación y el ejercicio del derecho al voto de las personas con discapacidad, el Pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE) aprobó el instructivo para el registro y el sufragio de los electores para los beneficiarios de «Voto en Casa», para las Elecciones Generales 2021, considerando medidas y protocolos de bioseguridad ante la pandemia del Covid-19.

El normativa regula el funcionamiento de las juntas receptoras del voto móvil, las atribuciones y funciones de sus miembros, la conformación del registro electoral para el proceso Voto en Casa, y el mecanismo de sufragio para las personas con discapacidad física igual o superior al 75 por ciento; y que hayan cumplido 50 años de edad, a la fecha definida para el día del sufragio, 7 de febrero de 2021.

La votación se realizará a partir del 07h00 hasta las 17h00, mediante sobre cerrado, para ejercer el derecho al voto. Los electores empadronados en la Junta Receptora del Voto Móvil, deberán presentar la cédula de identidad, pasaporte o el documento de identidad consular para posteriormente, recibir del Presidente de la Junta y el sobre con las papeletas electorales. El ciudadano podrá solicitar la asistencia de una persona de su confianza para ejercer el voto.

El registro electoral se conformará con la base de datos de las personas que manifiesten su voluntad de participar en el proceso Voto en Casa, a través de los procedimientos que establezca el órgano electoral.

Para el proceso el CNE adoptará las medidas y protocolos de bioseguridad, los cuales deberán ser de aplicación obligatoria. Para lo cual se implementarán los procedimientos, medios electrónicos, protocolos de bioseguridad necesarios para llevar a cabo la jornada electoral antes, durante y después del día del sufragio