En la sesión extraordinaria de este martes, 4 de agosto de 2020, el Pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE) revisó las peticiones de corrección de un partido político con ámbito de acción nacional, y dos movimientos de carácter local que fueron cancelados del Registro Permanente de Organizaciones Políticas, el pasado 30 de julio.

Una vez garantizado el derecho al debido proceso y legítima defensa de las organizaciones, el Pleno del CNE negó las peticiones de corrección del Movimiento Salud y Trabajo y del Movimiento Emergente de Transparencia y Acción META, ambos con ámbito de acción en la provincia del Guayas.

Asimismo, luego de que el partido político de ámbito nacional, Adelante Ecuatoriano Adelante, presentó los descargos correspondientes, el informe jurídico indicó que no cumple con la condición para su subsistencia en el Registro Nacional Permanente de Organizaciones Políticas. El partido Adelante Ecuatoriano Adelante está incurso en la causal de cancelación determinada en el artículo 327, numeral 3 del Código de la Democracia que establece que las organizaciones políticas deben tener la representación del 8% en dignidades electas y el 4% de los votos válidos en dos elecciones pluripersonales distintas y consecutivas.

El órgano electoral ratificó la resolución adoptada el 30 de julio de 2020, tras dar cumplimiento al debido proceso y presentación de descargos por parte de las organizaciones políticas.