Resoluciones del Tribunal Supremo Electoral afectan la credibilidad de las elecciones

(Washington, DC) – La decisión del Tribunal Supremo Electoral (TSE) de Guatemala de impedir la participación de candidatos en las elecciones presidenciales de 2023 está basada en fundamentos dudosos, pone en riesgo derechos políticos y menoscaba la credibilidad del proceso electoral, señalaron hoy Human Rights Watch y la Oficina en Washington para Asuntos Latinoamericanos (WOLA).

En semanas recientes, el tribunal electoral, encargado de monitorear las elecciones en el país, ha excluido de la contienda electoral a los binomios liderados por Thelma Cabrera, líder indígena de izquierda, y a Roberto Arzú, candidato de derecha.

“La decisión de inhabilitar a estos candidatos se basa en motivos dudosos y podría menoscabar los derechos de toda la población guatemalteca a participar en elecciones libres y justas”, manifestó Ana María Méndez-Dardón, directora para Centroamérica de WOLA. “Las autoridades de Guatemala deben revisar con urgencia estas decisiones y asegurar condiciones justas para todos los candidatos”.

El proceso electoral se está desarrollando en un contexto de deterioro del Estado de derecho, en el cual las instituciones responsables de supervisar las elecciones tienen escasa independencia o credibilidad, manifestaron Human Rights Watch y WOLA. Los esfuerzos por excluir o iniciar procesos penales contra candidatos opositores generan condiciones desiguales que podrían impedir que se lleven a cabo elecciones justas y libres.

El 2 de febrero, magistrados del TSE negaron la posibilidad de inscribir la candidatura de Cabrera y su candidato a vicepresidente Jordán Rodas, quien anteriormente ocupó el cargo de procurador de derechos humanos.

El 6 de enero, Alejandro Córdova, el procurador actual, presentó una denuncia penal contra Rodas, argumentando que tenía “dudas” acerca del modo en que Rodas había obtenido un pago en relación con su función en la Procuraduría. Estas dudas hasta ahora no han sido precisadas. La denuncia se presentó después de que Rodas y Cabrera solicitaron la inscripción de su candidatura. El Congreso nombró a Córdova en julio de 2022 a través de un proceso que careció de transparencia.

La legislación de Guatemala exige que funcionarios y exfuncionarios, así como otras personas que hayan manejado fondos públicos y deseen postularse a cargos públicos, obtengan un certificado emitido por el contralor que confirme que no están siendo investigados por uso indebido de fondos públicos.

El 27 de enero, una autoridad del TSE resolvió que Cabrera y Rodas no podrían postularse porque existía una “anotación” en el certificado de Rodas como resultado de la denuncia penal presentada por Córdova. El TSE confirmó la decisión el 2 de febrero, por una mayoría de 4 votos contra 1 y, el 15 de febrero, la Corte Suprema rechazó un recurso judicial para que se revisara esa decisión.

Las autoridades deberían revertir la decisión de excluir a Cabrera y a Rodas, señalaron Human Rights Watch y WOLA. El momento en que se presentó la denuncia y su naturaleza infundada indican que no hay motivos creíbles para impedirles presentarse a las elecciones.

El 6 de febrero, los magistrados del TSE también negaron la candidatura de Arzú. Los magistrados determinaron que Arzú carecía de “idoneidad” para ejercer el cargo—un requisito establecido en la Constitución de Guatemala—porque violó la prohibición de hacer campaña antes del inicio oficial del proceso electoral de 2023 y no pagó una multa relacionada por violación de las normas electorales durante la campaña de 2019.

La legislación guatemalteca prohíbe a los candidatos impulsar campañas políticas fuera del período electoral; no obstante, muchos candidatos han transgredido esta norma en años recientes. Por lo general, cuando esto ocurre, les imponen multas y, solo muy excepcionalmente, se los ha excluido de postularse a elecciones.

Las autoridades de Guatemala deberían revisar la decisión de excluir a Arzú y cerciorarse de que cualquier sanción que se imponga guarde proporción con su violación de las normas electorales y se aplique de igual manera a todos los candidatos, señalaron Human Rights Watch y WOLA.

La Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), ratificados por Guatemala, protegen los derechos de los ciudadanos a participar en asuntos públicos, a votar y a ser elegidos. El Comité de Derechos Humanos, que supervisa si los países cumplen con el PIDCP, ha señalado que las restricciones al derecho a postularse a cargos públicos deben basarse en criterios “objetivos y razonables”.

Observadores internacionales, en particular de la Unión Europea y de la Organización de los Estados Americanos (OEA), deberían examinar exhaustivamente las condiciones electorales, incluida la exclusión de candidatos y la utilización de cargos penales espurios en su contra, y hacer un llamado a que las autoridades de Guatemala respeten los valores democráticos. También deberían monitorear y denunciar los señalamientos de financiamiento electoral ilícito, incluso por parte de empresarios y de grupos de criminalidad organizada.

Los gobiernos de América Latina, Europa y Estados Unidos deberían dar seguimiento al proceso electoral y exigir públicamente que se celebren elecciones justas y libres.

“El escrutinio internacional es clave para proteger la democracia y el derecho de los guatemaltecos a votar y a postularse a cargos públicas”, manifestó  Juan Pappier, subdirector en funciones para las Américas de Human Rights Watch.

Nota extraída de HRW