José Manuel Villalobos Campana es abogado, gestor de la plataforma votoinformado.pe , del Jurado Nacional Electoral de Perú; se ha desempeñado como Asesor Legal de la Jefatura Nacional de la Oficina Nacional del Procesos Electorales (ONPE) y Coordinador de la Subgerencia de Educación Electoral de dicha entidad; asimismo, ha sido Coordinador Parlamentario del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), y actualmente lo es en el Ministerio de Agricultura y Riego. También es fundador del Instituto Peruano de Derecho Electoral, Democracia y Gestión Pública Secretario General.

En el marco de las Elecciones Municipales y Regionales de Perú del próximo 7 de octubre y de los numerosos acontecimientos político-electorales acontecidos en la nación suramericana, Villalobos Campana ofreció una entrevista exclusiva para Noticias Electorales.

  1. Tras el escándalo que desencadenó el desafuero de algunos magistrados de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, nuevas autoridades asumieron el control de esa institución, sin embargo, analistas políticos y otras figuras veían como improbable que un nuevo pleno pudiese continuar con el cronograma que estipula las elecciones regionales para el próximo 7 de octubre, ¿cree usted que los funcionarios interinos han desempeñado con eficiencia las funciones de la ONPE y que el cronograma que concluye con las elecciones del 7 de octubre se desarrollará sin ningún inconveniente en todas sus fases?

Respecto a tu primera pregunta debo precisar que los magistrados que fueron en principio desaforados son los miembros del Consejo Nacional de la Magistratura (CMN), que tienen como función principal nombrar a los jueces y fiscales, pero además tenían la competencia para nombrar al jefe de la ONPE o sancionarlo por proceso disciplinario. Es en ese contexto que, antes de ser desaforados estos miembros del CNM, también suspendieron temporalmente de sus funciones al jefe de la ONPE, porque se le vinculó con unas denuncias con un ex asesor de la época de Montesinos y por una supuesta ayuda a un partido político en la verificación de sus firmas para inscribirse como partido. Entonces, temporalmente de acuerdo a ley ha entrado un funcionario como jefe encargado de la ONPE; esta persona ha hecho cambios de funcionarios, ha traído a funcionarios que han trabajado en la ONPE en algunos procesos electorales atrás con mucha experiencia, pero, además, la ONPE cuenta con un personal de planta muy capacitado muy profesional, que son los que finalmente se encargan de hacer las labores operativas de las elecciones. Por ello, en mi opinión creo que se está cumpliendo el cronograma electoral del 7 de octubre, los plazos son inamovibles, entonces creo que la ONPE va hacer su trabajo muy bien

  1. Usted recomendaba que este organismo (ONPE), estuviera integrado por un consejo directivo provisorio con “mínimo 3 expertos en materia electoral”, quienes debían elegir “al jefe de la entidad y se controlarían”. ¿Podría explicarnos por qué, a su juicio, esta estructura podría beneficiar al proceso electoral de octubre próximo, así como a los electores? Además, ¿de qué forma se “controlaría” y garantizaría imparcialidad y transparencia?

Efectivamente, en su momento, yo he considerado que parte de la reforma electoral debería contemplar que la ONPE no esté dirigida por una sola persona, como ahora, que lo dirige el jefe de la institución que es elegido por el CNM, sino que creo que este organismo electoral muy importante del país debería tener un consejo directivo integrado al menos por 3 personas, expertos en materia electoral, que tengan a su cargo la conducción de la entidad. Podría tener este consejo directivo un presidente o un jefe, con dos consejos o dos miembros del consejo que coadyuven en el orden y dirección de esta entidad tan importante. ¿Por qué? Porque dejar las manos de toda la organización de una elección en una persona podría generar problemas como los que ahora estamos viviendo, que, ante la suspensión temporal de la persona que dirigía la institución por un proceso disciplinario, prácticamente la institución quedo sin cabeza y se tuvo que recurrir por mandato de la ley a que el funcionario administrativo que le sigue en jerarquía asuma interinamente, pero incluso en ese momento ese funcionario no estaba designado y un encargado fue el que asumió y quien después designo al otro; y eso genera que no exista quien está ahora en el cargo, que apareció de la nada, que no estaba ni siquiera en la institución. Distinto hubiera sido si hubiera habido un consejo que, si caía el presidente de ese consejo o jefe de ese consejo, uno de los dos miembros siguientes podía tranquilamente encargarse del proceso de preparar la elección y eso genera más transparencia definitivamente.

  1. ¿Qué opina usted de que se haya establecido la obligatoriedad de que cada candidato o aspirante a ser electo deba publicar su hoja de vida y que, de no declarar si posee sentencias condenatorias, pueda ser excluido del proceso?

Esta pregunta es crucial, porque los jurados electorales especiales han estado excluyendo a todo aquel candidato que no haya declarado una serie de información en su hoja de vida, sobre todo sentencias condenatorias en materia penal, pero también de alimentos contractuales, laborales. Hay centenares de candidatos que están siendo excluidos del jurado por no haber declarado esta información, e información sobre su patrimonio (sobre sus bienes e inmuebles con los que cuentan). La Hoja de Vida es una herramienta que permite tener al elector mayores numero de información sobre quién es el candidato, sobre la trayectoria, su idoneidad, su experticia para ocupar un cargo; sin embargo, hay información que se pide al candidato que obra para el acceso público, por ejemplo, pedir que declares todos tus inmuebles, todas tus propiedades. Sería más fácil que esta información directamente se jale del sistema de los registros públicos ¿por qué? Porque la experiencia nos está demostrando que hay muchos candidatos que se olvidan no de declarar un bien, a veces tienen varios bienes y no declaran uno y, por no declarar ese bien, los sacan de carrera considerando el Jurado que esta persona ha querido engañar al elector o a la autoridad electoral, cuando tú no puedes engañar u ocultar información, que es de acceso público en los sistemas informáticos de los registros públicos; es un registro de fácil acceso para cualquiera buscando información. Es buena la hoja de vida, pero hay que evaluar que tanto esta siendo un obstáculo para que ciudadanos puedan ejercer su derecho a la participación política. Hay mecanismos para que esa información que no la declares finalmente se cuelgue en el sistema y en todo caso debería haber una sanción de otra naturaleza y no impedir que el candidato postule por la información de la hoja de vida podría ser una multa, por ejemplo.

  1. ¿En qué consiste el Pacto Ético Electoral del Jurado Nacional de Elecciones, cuál es su finalidad y por qué se insistió tanto en que se suscribieran los candidatos a la alcaldía de Lima?

El Pacto Ético Electoral es una iniciativa que el Jurado Nacional de Elecciones llevó a cabo por primera vez en el 2005. Era un compromiso de honor que firmaban todos los candidatos en ese momento para la presidencia de la republica en las elecciones del 2006. Este pacto de honor consistía en que la campaña se centraría en el debate de ideas, pero que además los candidatos se comprometían a presentar un plan de gobierno en su hoja de vida, sobre la trayectoria, etc., que en ese momento no era obligación. A ese primer pacto ético del 2005, del cual el Congreso de la Republica recogió la iniciativa y convirtió en ley, se presenta la obligación de presentar todos los candidatos los planes de gobierno en sus hojas de vida y, a partir de la fecha, en cada elección, ya sea generales o subnacionales, para alcaldes o gobernadores, se ha seguido subscribiendo este pacto que busca que la campaña se centre en el debate de ideas y se deje de lado los ataques. ¿Por qué se ha buscado que todos los candidatos para la municipal provincial de Lima, que es la más importante, lo subscriban? Porque parte del compromiso de este pacto es que todos los candidatos, lo que va a ser la metropolitana de Lima, participen en un debate entre todos los candidatos, porque la ley en el Perú, la ley electoral, no obliga a los candidatos a participar en debates y una forma de que participen es que se comprometan públicamente a través de la firma del pacto ético.

  1. ¿Qué otras medidas, considera, debería implementar la ONPE y la JNE para resguardar y transparentar los procesos electorales en Perú?

Debo señalar que los procesos electorales a partir del año 2001 en adelante no han tenido ninguna objeción de falta de transparencia. Tanto la ONPE y sobre todo el JNE, como órgano fiscalizador, han velado porque los resultados finales sean el fiel reflejo de la voluntad popular expresa en las urnas. Sin embargo, con ocasión de la implementación del voto electrónico en 39 distritos del país para el 7 de octubre, sí es necesario que la ONPE otorgue todas las garantías de que ese mecanismo de votación va a ser confiable y transparente. Para eso debe entregar la auditoria que se ha hecho al software y, el Jurado Nacional de Elecciones debe exigir que ese mecanismo se implemente siempre y cuando tenga todas las certificaciones del funcionamiento y que no va a poder alterarse ninguno de los resultados.

  1. ¿Podría detallar de qué manera el plan llevado a cabo por la Contraloría de Perú puede contrarrestar el que los candidatos utilicen recursos públicos de manera indebida para beneficiar sus campañas?

La campaña de la contraloría “postula con la tuya” es una campaña que ya tiene varias ediciones. No es la primera vez que la contraloría la lleva a cabo en el 2010, cuando se lanzo el voto informado. Desde esa época también la contraloría lanzo “postula con la tuya”, que busca generar una campaña mediática para denunciar a aquellos funcionarios o aquellas entidades públicas que utilizan los recursos del Estado para favorecer una candidatura o un partido político. El problema de la campaña es que, hasta el momento, solo se está dando a conocer las alertas (que vienen a ser las denuncias que dan los ciudadanos), pero no sabemos si esas alertas están siendo comprobadas y, al no haberse comprobado que esas denuncias sean ciertas, la información que se suelta con que respecto a que cierta entidad o cierta municipalidad tiene denuncias puede generar la idea de que esa municipalidad o ese gobierno está favoreciendo a un partido o a un candidato, lo cual no necesariamente está comprobado y allí podría afectarse la neutralidad de la elección.

  1. En cuanto a la regulación de la propaganda electoral, ¿cuáles medidas sugeriría deben ser asumidas por los organismos reguladores? ¿Qué consecuencias traería?

En cuanto a la regulación de la propaganda electoral, hay que decir que nuestra legislación es deficiente. Primero, porque no hay un plazo de inicio de la propaganda, por eso hace más de un año hay personas que ahora son candidatos, pero en ese momento recién estaban comenzando su precampaña, por así decirlo, que ya hacen propaganda publicitaria sin control. La ley no controla el gasto que se hace en esa propaganda desde antes de ser candidato; y, luego, no hay una verdadera regulación que establezca los montos que se puedan gastar en propaganda, los lugares donde se pueda poner el tipo o qué tipo de propaganda. Si bien es cierto, las municipalidades son las que deben fiscalizar y establecer los lugares dónde se pueda poner paneles. Acá lo que más se utilizan en elecciones nacionales son paneles, carteles en la vía pública. Entonces, hay un desorden, porque los candidatos ponen en cualquier lugar de la ciudad sus paneles y los municipios no tienen la logística como para poder fiscalizar que esta publicidad sea bien realizada y no contamine visualmente o no obstaculice el tránsito, porque las municipalidades también tienen otras obligaciones. Entonces, también sumarles las fiscalizaciones de las campañas electorales les genera ciertos problemas, además que los candidatos pueden señalar que las municipalidades, en vez de estar haciendo su trabajo, estarían parcializándose u obstaculizando su propaganda. Creo que hay que mejorar mucho la regulación de la propaganda en el Perú.

  1. Aunado a las elecciones regionales, el gobierno del presidente Vizcarra ha planteado realizar un Referéndum Constitucional el próximo 7 de octubre, sin embargo, usted y la organización que representa han insistido en que ambos procesos deben efectuarse en fechas diferentes, entre otras razones por el tiempo que la Ley Orgánica Electoral estipula para organizar y convocar a una elección. ¿Podría haber alguna consecuencia jurídica en caso de que el gobierno nacional insista y logre llevar a cabo este Referéndum este día?

Sobre el tema del referéndum, creo que ya el gobierno ha entendido que no podía llevarse a cabo el 7 de octubre por un tema de plazos. Efectivamente la Ley Orgánica de Elecciones establece que el plazo mínimo para convocar a un referéndum es de 60 días, por lo tanto, para que el referéndum sea el 7 de octubre debió ser convocado el 7 de agosto. Pero, además hay que señalar que el presidente de la republica lamentablemente no tiene la facultad para convocar el referéndum, pues quien convoca el referéndum de acuerdo a la regulación peruana es el Jurado Nacional de Elecciones. Además, para que se realice este referéndum tal como está planteado, se tiene que observar el procedimiento que estable el artículo 206 constitucional, que señala que, previamente la iniciativa de la reforma constitucional tiene que pasar por la aprobación del Congreso en una primera votación y, después de obtenerse esa votación, el Congreso puede pedirle al Jurado Nacional de Elecciones que convoque a referéndum; y, para que eso pase el Congreso previamente debe revisar las iniciativas, crear las comisione y, luego, debatirlas en el Pleno del Congreso, lo cual por la dinámica parlamentaria puede demandar cierto tiempo. Sumado a ello que los proyectos de reforma que ha presentado el Ejecutivo no están del todo bien elaborados, hay algunas observaciones que se han hecho validas, pero que pueden ser corregidas dentro del debate, por lo que no creemos que se puedan llevar a cabo en el corto plazo este referéndum.

  1. ¿Cuáles son algunas de las propuestas de reforma constitucional y de Referéndum planteadas por el Instituto Peruano de Derecho Electoral?

Con respecto al Instituto Peruano de Derecho Electoral, no hemos trabajado, presentado una propuesta de reforma constitucional; pero sí estamos apoyando la reforma electoral, que incluye la aprobación del código que ha trabajado el Jurado Nacional de Elecciones con los demás organismos electorales. Creemos que, luego de las elecciones de octubre del año 2019 y la mitad del año 2020, se presentan propicios para que el Congreso pueda finalmente modificar y mejorar la legislación electoral y de partidos políticos de cara a las elecciones del 2021. Las elecciones para la Presidencia y el Congreso del 2021 deben ser convocadas en diciembre del 2020 y, para esas fechas ya deberíamos contar con un código electoral y con reformas no solo a la dispersa legislación sino a la propia Constitución. Habría que discutir el tema de si vamos a retornar a la bicameralidad o no, pero sobre todo hay que discutir la forma de elección de los parlamentarios, estamos subrepresentados, habría que hacer un diseño, un rediseño, de las circunscripciones electorales.