Serán “delegados electorales” y estarán en todos los locales donde se realicen los comicios, para lo cual se conformó un Registro. No podrán ser afiliados ni candidatos a cargos electivos. Recibirán una compensación económica.

La Junta Electoral de la provincia de Buenos Aires decidió reforzar el proceso de votación en los locales donde se realicen los comicios, designando un «delegado electoral» representante de ese organismo.

A través de una resolución publicada hoy en el Boletín Oficial, el organismo estableció, además, la conformación del «Registro de Delegados Electorales», a cargo de la Dirección Técnico Electoral, dependiente de la Secretaría de Actuación de la Junta Electoral.

El organismo explicó que «quienes integren el Registro, no pueden estar afiliados a ninguna asociación política, ni tampoco ser candidatos a cargo electivo alguno en el proceso electoral para el que sean designados», detallándose que recibirán una compensación.

Los delegados electorales deberán verificar e informar las condiciones relativas a la aptitud edilicia y funcional de los establecimientos preseleccionados como locales de votación.

Para ello tendrán que estar presentes en el establecimiento de votación, en el día y horario establecido por esta Junta Electoral -incluso el día previo a la elección-, para la recepción de la documentación y material electoral entregado por el Correo Oficial depositándolo -en su caso- bajo custodia del Comando Electoral hasta su entrega a las autoridades de mesa respectivas.

Además, tendrán la misión de asistir a las autoridades de mesa en la constitución puntual de las mesas de votación; y, en caso de ausencia de las autoridades de mesa, instrumentar el mecanismo indicado por la Junta Electoral para proceder a su sustitución.

En paralelo, deberán informar y asistir a las autoridades de la mesa que corresponda, en el acondicionamiento del «cuarto oscuro accesible»; comunicar a la Junta Electoral con la mayor celeridad cuando todas las mesas se encuentren constituidas; y procurar evacuar las consultas de las autoridades de mesa, fiscales partidarios y electores en general.

Resolución

Nota extraída de Lateclainfo