Por Jaime Talancón

En el año 2014 México llevó a cabo una importante reforma electoral constitucional dentro de la cual, entre otros aspectos, se mandató a las entidades federativas ajustar sus calendarios electorales a fin de hacer por lo menos una de sus elecciones locales, concurrente con las federales.

Lo anterior, buscando reducir el número de elecciones que se celebran en el país y con ello bajar los costos de la democracia.

Para dar cumplimiento al mandato constitucional federal, algunos órganos legislativos locales plantearon homologar sus calendarios conforme al proceso electoral federal de 2018 y otros del 2021, por lo que establecieron en sus propias constituciones estatales, de forma excepcional, periodos menores de duración de los cargos de tal manera de lograr el empate. De esa forma, no obstante que los gobernadores de los estados duran seis años en sus cargos, algunas legislaciones determinaron la duración extraordinaria de gubernaturas por periodos de dos años.

En el Estado de Baja California desde el año 2014 el congreso de diputados local introdujo en su constitución el mandato de que el gobernador que fuera electo en el proceso electoral 2019, iniciaría sus funciones en noviembre de 2019 y concluirá el 31 de octubre de 2021, durando sólo dos años.

Sobre esa base, en 2019 el órgano electoral de Baja California emitió la convocatoria pública para registrar candidatos a gobernador, para un periodo de transición de dos años.

Una vez entregados los registros a quienes solicitaron al órgano electoral su inscripción como candidatos, el candidato de la coalición “Juntos Haremos Historia”[1], Jaime Bonilla, se inconformó ante el Tribunal Electoral de Baja California por considerar que el mismo violaba su derecho político a ser votado para un periodo de seis años, como –por regla general- lo establece la Constitución.

El referido Tribunal Electoral local resolvió a su favor, determinó inaplicar el artículo transitorio del Decreto del Congreso local que estableció el mandato de dos años, y ordenó al órgano electoral local emitir una adenda a la convocatoria para ampliar el plazo a seis años.

Tal determinación fue impugnada por partidos políticos ante el Tribunal Electoral federal, el cual la revocó, resolvió la validez del artículo transitorio invalidado, y ratificó que la determinación del poder legislativo local del año 2014 de que la persona que fuera electa como gobernador en el proceso electoral 2019, ocuparía el cargo dos años, tenía el carácter de ley general.

Así, el 2 de junio de 2019 se celebraron las elecciones en las cuales fue electo como gobernador para un periodo de dos años, el candidato de “Juntos Haremos Historia”, Jaime Bonilla.

No conformes con lo anterior, el 8 de julio siguiente el Congreso de Baja California a poco tiempo de concluir su mandato, en forma por demás suspicaz celebró una inusual sesión extraordinaria donde en solo 30 minutos, con 21 votos de 25 miembros, -incluyendo los opositores-, aprobó una reforma constitucional que extendió el periodo del gobernador ya electo, de dos a cinco años.

Cabe mencionar que la Constitución en México establece un mandato para dotar de certeza las reglas del juego electoral, y que pone de plazo límite para no poder modificar ninguna ley electoral federal o local, noventa días previos al inicio del proceso electoral en que vayan a aplicarse.

No obstante, con su reforma constitucional los diputados locales no sólo pasaron por alto el principio de certeza de las reglas de un juego electoral; vapulearon la voluntad popular que votó a un gobernador para sólo dos años y, además, violaron el derecho a votar y ser votados de los ciudadanos para el proceso electoral que estaba programado para el año 2021.

También desconocieron que la Sala Superior del Tribunal Electoral federal, máxima autoridad jurisdiccional en la materia ya había revocado y declarado ilegal el intento del tribunal electoral local por dinamitar el decreto que establecía el periodo de dos años, para cambiarlo por seis años.

Al respecto el Consejero Presidente del Instituto Nacional Electoral, Lorenzo Córdoba Vianello, declaró “se modificaron las reglas del juego, luego de que el juego terminó… se trata de acciones que desmantelan a la democracia en México”.[2]

Algunos atribuyeron el lamentable hecho a un intercambio de favores entre gobernador y congreso que se iba con el gobernador entrante, de corrientes políticas distintas,[3] aprobar la llamada “Ley Bonilla” a cambio de garantizar impunidad en la revisión gubernamental del gobierno saliente.

La única vía que quedaba para resolver este adefesio legislativo, era promoviendo una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sin embargo, ello no podía suceder en tanto el gobierno saliente de Baja California no formalizara el referido acto legislativo con su publicación oficial lo cual, de forma calculada y en aras de ganar tiempo, no sucedió hasta el 17 de octubre, esto es, 14 días antes de que asumiera el nuevo gobernador del Estado, Jaime Bonilla.

El mismo 18 de octubre dos partidos políticos promovieron acciones de inconstitucionalidad en contra de la “Ley Bonilla”. Cabe mencionar que la Corte en México se integra por once ministros, y para poder declarar la inconstitucionalidad de una ley se requieren cuando menos ocho votos.

A la tensión política que por sí misma generó el desahuciado procedimiento para ampliar el periodo de gobierno en Baja California, del cual tanto el Tribunal Electoral local como el Congreso del Estado fueron comparsas en violar el mandato constitucional, se sumó el temor al papel que asumirían los tres nuevos integrantes de la Suprema Corte, propuestos por el actual Presidente de la República de la misma extracción política que el referido gobernador de Baja California.

Finalmente, el 11 de mayo de 2020 los once ministros de la Suprema Corte declararon la inconstitucionalidad de la “Ley Bonilla”, refiriéndose a ella con pronunciamientos como:

Ministro Arturo Zaldívar, Presidente de la SCJN“Es un gran fraude a la constitución y al sistema democrático”. “Hubo un efecto corruptor de rango constitucional”. “Se llevó a cabo toda una maquinación a través de la cual se pretendió burlar la voluntad popular, usando la constitución para violar la Constitución, usando las herramientas de la democracia para minar la democracia, corrompiendo de manera tajante el principio democrático”
Ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.“La delimitación temporal del encargo de un poder ejecutivo estatal no es una mera prerrogativa de su titular ni un elemento del sistema electoral que pueda ser modificado a placer”
Ministra Margarita Ríos Farjat

 

“No tengo duda que encontramos indignante la ley aquí impugnada porque entraña un afán de justificar una violación Constitucional o de minimizarla o de recubrirla con actos legislativos posteriores”
Ministra Norma Lucía Piña Hernández“Cuando los representantes traicionan a sus representados nos encontramos frente a un atentado contra la democracia y contra nuestra Constitución”
Ministro Ministro Javier Laynez Potisek“Se denomina un fraude a la constitución y a la ley porque entonces bastaría que se legislara después del periodo electoral para así hacer modificaciones esenciales aplicándolos a una elección ya concluida”
Ministra Yasmín Esquivel Mossa

 

“Validar la “Ley Bonilla” daría pauta a caprichos e intereses de todo tipo, de aquellos que desean vulnerar nuestro orden constitucional”. “Esta resolución sobre las leyes de Baja California es un precedente que estamos sentando para evitar que cualquier autoridad, municipal, electoral o federal cambie el sentido del voto recibido y se perpetúe en el cargo con maniobras legales”
Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo“No se cuestiona de ninguna manera, la competencia que tiene el Congreso del estado para modificar su constitución; lo que se cuestiona es que es abiertamente inconstitucional” “No puede sostenerse constitucional una modificación en el sistema”
Ministro Luis María Aguilar“Prorrogar el poder político implica pretender que no existiera una verdadera contienda y, por tanto, se convertiría en una reelección disfrazada”
Ministro Alberto Pérez Dayán“El texto constitucional no se elabora a través de adjetivos, se elabora a través de principios y serán precisamente los principios que determinen la solidez de un fallo y nos den precisamente el camino y construcción de un Estado de derecho”
Ministro José Fernando Franco, ponente del proyecto

 

“No puede sostenerse que exista una elección democrática de gobernantes, sin el conocimiento certero del límite temporal por el que ejercerá el poder público” “La reforma impugnada implica un cambio fundamente en la organización político-electoral de Baja California”
Ministro Juan Luis González Alcántara“El decreto impugnado atropella el derecho al sufragio universal, libre, secreto y directo de la ciudadanía”

 

[1] Coalición que fue integrada por los partidos políticos MORENA, del Trabajo, Verde Ecologista de México y Transformemos.

[2] Ver https://www.elfinanciero.com.mx/nacional/ley-bonilla-es-una-violacion-flagrante-a-la-constitucion-ine

[3]Ver https://www.proceso.com.mx/592534/impunidad-a-kiko-vega-entrega-de-cargos-publicos-y-sobornos-millonarios-a-cambio-de-la-ley-bonilla https://aristeguinoticias.com/2510/mexico/complicidades-y-corrupcion-validaron-ley-bonilla-ofrecieron-hasta-400-mil-dls-a-diputados-martinez-veloz-enterate/

Jaime Talancón: Abogado electoral y constitucionalista, especialista en temas de gobernabilidad y justicia. En el servicio público mexicano se ha desempeñado como Director General del Consejo de Seguridad Nacional; Director de Análisis Político de la Presidencia de la República; asesor en la Secretaría de Gobernación; asesor del Instituto Nacional Electoral; Secretario Técnico en el Tribunal Electoral; Coordinador de la Oficina del Abogado General de la UNAM; asesor en la Cámara de Diputados y Subdirector de Derechos Humanos de la Secretaría de Seguridad Pública. Ha asesorado a gobiernos y partidos políticos en mejores prácticas, y ha sido observador y consultor internacional de la OEA en diversos países, así como del Instituto Internacional para la Democracia y Asistencia Electoral.