A través de una reso­lución dada a cono­cer anoche, la Justi­cia Electoral anuló los efectos de la resolución Nº 132/2018, por la cual se llamaba a elec­ciones para elegir a un nuevo intendente de Ciudad del Este y se establecía el cronograma electoral respectivo.

Dentro del considerando, el TSJE se ampara en el Art. 273 de la Constitución Nacional, donde se “establece como com­petencia de la Justicia Electo­ral la convocatoria, el juzga­miento, la organización, la dirección, la supervisión y la vigilancia de los actos y de las cuestiones derivadas de las elecciones generales, depar­tamentales y municipales, así como de los derechos y de los títulos de quiénes resulten ele­gidos corresponden exclusiva­mente a la Justicia Electoral”.

También menciona que “la Ley 635/95 en su Art. 6 dispone: ‘Son derechos y atribuciones del Tribunal Superior de Jus­ticia Electoral, Inc. A, cumplir y hacer cumplir la Constitu­ción y las leyes; Inc. G, ejercer la superintendencia con potes­tad disciplinaria sobre toda la organización electoral; Inc. H, convocar, dirigir y fiscali­zar las elecciones y consultas populares y los casos de vacan­cias establecidas en la Consti­tución y la ley’”.

Asimismo, “en el marco de la mencionada función administrativa, el Tribunal Superior de Justicia Electo­ral formalizó el acto admi­nistrativo por el cual se convoca a elección de inten­dente municipal del distrito de Ciudad del Este, departa­mento de Alto Paraná, esta­bleciéndose en el mismo cro­nograma electoral. Dicho acto tiene su origen en la comuni­cación realizada a este alto órgano electoral por la Lic. Sandra McLeod Zacarías donde comunica su renuncia al ejecutivo municipal”.

En su considerando final sentencia que “teniendo en cuenta que la Junta Munici­pal no tiene un plazo deter­minado para el estudio de la aceptación o rechazo de la renuncia planteada por la Lic. Sandra McLeod Zacarías, la Junta Electoral considera que el cumplimiento del cro­nograma electoral se ve seria­mente afectado”.

Por lo tanto y conforme a las disposiciones legales prece­dentes “el Tribunal Superior de Justicia Electoral resuelve suspender los efectos de la resolución TSJE N° 132/2018 de fecha 26 de noviembre del 2018 por los argumentos esgri­midos por el exordio de la pre­sente resolución”.

Extraído de La Nación https://www.lanacion.com.py/politica_edicion_impresa/2018/11/30/tsje-deja-sin-efecto-llamado-a-elecciones-en-ciudad-del-este/