El Consejo Nacional Electoral (CNE) informó este martes 27 de julio que aquellos ciudadanos seleccionados a cumplir con el servicio electoral en los venideros procesos, como el del 21 de noviembre, y que no se incorporen a esas labores, podrían ser sancionados con multas en dinero y hasta con la cárcel.

En mensajes publicados en su cuenta Twitter, el máximo ente comicial recordó que esta “es una función obligatoria de conformidad con la Ley Orgánica del Poder Electoral en sus artículos 50, 51 y 52″.

“Quienes incumplan injustificadamente con el Servicio Electoral Obligatorio, serán sancionados con multas equivalentes a quince Unidades Tributarias (15 U.T.) y cincuenta Unidades Tributarias (50 U.T.) o arresto proporcional, a razón de un día por Unidad Tributaria”, apuntó.

Precisa que solo podrán declinar las personas que de acuerdo al artículo 113 de la Ley Orgánica Procesal Penal las personas que sean mayores de 65 años, que tengan alguna discapacidad física, mental, de salud o legal, “debidamente certificada por las autoridades competentes”, los candidatos o miembros de la dirección nacional o regional en una organización con fines político, promotores de grupos de electores y quienes en razón de la naturaleza de sus labores le impida asistir a desempeñar sus funciones el día de las votaciones.

Nota extraída de: Efecto Cocuyo
https://efectococuyo.com/politica/cne-sanciones-servicio-electoral-21nov/