Durante el último proceso electoral cubano se dio una situación muy singular, hasta en apariencia contradictoria. Los pocos candidatos opositores que se atrevieron a presentarse en las asambleas de nominación, primera instancia del enrevesado y restrictivo sistema electoral, hicieron campaña con ejemplares impresos de la Ley Electoral de 1992. Una ley que sancionaron los legisladores del partido único y que en la isla nadie conoce. Los candidatos opositores tenían la intención de informar a los electores que en la norma se establece el carácter “libre y secreto” del sufragio. Y, además de informar, también querían dejar al desnudo las contradicciones evidentes del propio régimen, contradicciones entre las formas y el contenido. Conclusión: de los “avances” normativos de la década del 90 nadie se acuerda y es el propio gobierno el que borró con el codo lo que escribió con la mano.

Los resultados electorales despejaron las pocas dudas que había al respecto del cumplimiento de la Ley por parte del propio gobierno. Los 605 asambleístas que asumieron a principios de este año fueron elegidos de antemano por el partido comunista. Los ciudadanos no tuvieron nada que hacer, aunque la ley electoral diga lo contrario.

Ahora, con el anuncio del buró del partido de Estado, se ha dado inicio a un proceso de reforma constitucional y esta situación parece repetirse. Raúl Castro en su triple rol de asambleísta nacional, secretario general del partido comunista y presidente en las sombras de Cuba, le ha elevado a la Asamblea un proyecto de Constitución. La Asamblea Nacional aprobó el proyecto por unanimidad. El paso siguiente establece que se abra un debate en las distintas “asambleas populares” distribuidas en el territorio insular.

Por lo tanto, en las formalidades, el gobierno de Miguel Díaz Canel ha puesto algunos temas en la agenda del debate público para excluir otros. Así se puede discutir la posibilidad de las uniones entre personas de un mismo sexo o la de brindarle una mínima garantía constitucional a la propiedad privada, pero queda prohibido hablar de derechos políticos. Todo parece indicar que el partido Comunista continuará reservándose la exclusividad de elegir. ¿Cómo no recordar “El Orden Conservador”?, ese magnífico libro de Natalio Botana que describió la Argentina predemocrática de fines del siglo XIX y principios del XX. Una frase sintetizó este proyecto político: “libertades civiles para todos, libertades políticas para pocos”. Con las distancias del caso, en Cuba parece darse una situación similar: “algunas libertades civiles para todos, libertades políticas para nadie”.

En las democracias competitivas los procesos electorales tienen por función legitimar las decisiones que afectan al conjunto de la sociedad. En los regímenes totalitarios no hay procesos dotados de legitimidad porque una minoría que controla recursos de poder le impone sus decisiones a la totalidad. Sobre la base de esas elecciones restrictivas ahora se “discute” un proceso de reforma constitucional. El gobierno de Díaz Canel se esfuerza en tratar de impregnarle un aroma de renovación democrática a este dosificado proceso de cambio. Vuelven las asambleas barriales de base y la refrendación “popular” al final del proceso. Pero, aunque suene muy bonito sabemos que se trata de un proceso dirigido que no brinda garantías y cuyo resultado se encuentra pre establecido. Podrán darse los avances que el gobierno permita, pero la violación de derechos políticos entendido como derecho humano seguirá siendo el elemento distintivo de este régimen.

En este contexto la Comisión Cubana de Derechos Humanos y Reconciliación Nacional ha denunciado el aumento en los últimos meses de la represión política y las detenciones arbitrarias.

El constitucionalista y dirigente opositor Ángel Rodríguez Pita ha resaltado las contradicciones en el proyecto oficial. Son muchas, pero podemos resaltar las siguientes. Mientras el artículo 1 otorga el derecho “al disfrute de la libertad política”, el artículo 5 reconoce al Partido Comunista, como único partido político en la nación, lo que anula los derechos de participación política y democrática de los ciudadanos. Cuando los artículos 14 y 21, obligan al Estado a estimular económicamente a las organizaciones políticas y de masas vinculadas al partido Comunista, entran en colisión con los artículos 39, 40 y 43 en donde el Estado aparece como garante de los derechos humanos y del reconocimiento de la igualdad de todas las personas ante la ley y sin discriminación. Referido a las relaciones internacionales el artículo 16 aborda la libertad de los pueblos a elegir el sistema político, económico y social. Sin embargo, esto es una ilusión mientras continúe vigente el artículo 5.

Por su parte, el artículo 10 insiste en que “la soberanía reside intransferiblemente en el pueblo”, hecho que se contradice con el artículo 5 al sostener que “el Partido Comunista de Cuba, único, martiano, fidelista y marxista-leninista, vanguardia organizada de la nación cubana, sustentado en su carácter democrático y la permanente vinculación con el pueblo, es la fuerza dirigente superior de la sociedad y del Estado”. O en el carácter inapelable del artículo 3 cuando dice que “el socialismo y el sistema político y social revolucionario, establecidos por esta Constitución, son irrevocables”.

Sin embargo, la contradicción fundamental del régimen cubano pasa por el siguiente razonamiento. Si se trata de un régimen realmente popular por qué no se somete a elecciones libres. Por qué debe apelar a la represión, a la criminalización de la actividad política y a la violencia institucional. Por qué no puede ni siquiera pensar en una transición política de régimen totalitario a régimen autoritario. Por qué se ve en la imposibilidad de reconocer, aunque más no sea, a una cuota mínima del arco opositor, un arco opositor que se ha mostrado sensato y hasta capaz de aceptar una dosis poco significativa de reconocimiento.

En definitiva, esa contradicción fundamental atraviesa ahora por una zona de alta turbulencia producto de la colisión cultural que se da entre una sociedad que cambia rápidamente y un régimen que ha quedado anclado en la mitad del siglo XX. Por estos días, la lucha principal de los columnistas del Granma, el diario oficial del partido Comunista, pasa por denunciar al regaeton como instrumento del “imperialismo”. El blackout informativo que impone el gobierno de Cuba presenta filtraciones por todos lados, ya no es tan eficiente y esos cambios en la sociedad cubana hacen que la propuesta de reforma de la Constitución sea obsoleta de principio a fin para los tiempos que corren.

Este signo de época ha sido captado por una encuesta elaborada por prestigiosos académicos, entre ellos Armando Chaguaceda, y publicada en Cuba Data.  En esta muestra se entrevistaron a 2.287 personas de diferentes provincias entre el 4 y el 11 de junio de 2018. A la pregunta de si debería cambiarse la Constitución para permitir elecciones presidenciales directas, el 61.4% dijo que sí, solo un 17% dijo que no y un 21.6% no sabe. Además, cuando se preguntó sobre si se le debería permitir participar a otros partidos políticos, además del comunista, el 45.7% de los encuestados dijo que sí, frente a un 25.4% que afirmó que no. El 28.9 respondió que no sabe.

El gobierno más temprano que tarde deberá abrir el grifo de la participación política. Quizá no gire la válvula de modo abrupto pero algún movimiento genuino tendrá que hacer. Lamentablemente está perdiendo una oportunidad histórica de apertura al no incluir el tema en el debate constitucional que ha comenzado. ¿Será temor o solo falta de lucidez?

 

 

*El autor del libro “Así se vota en Cuba, un análisis del proceso electoral 2017/2018”. Publicado por Cadal y Transparencia Electoral.